La ORDEN de 3 de
agosto de 2010, por la que se regulan los servicios complementarios de la
enseñanza de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los
centros docentes públicos, así como la ampliación de horario, en su artículo 17
establece que los representantes legales del alumnado menor de edad de los centros
docentes públicos que oferten alguno de los servicios complementarios regulados
por la mencionada Orden, podrán solicitarlos utilizando el impreso que, como
Anexo II, acompaña a la misma y que será entregado gratuitamente por los
Centros.
Las solicitudes se
presentarán en el plazo de matriculación del 1 al 8 de Junio del presente año.